Para los ciudadanos españoles y de la Comunidad Europea sólo es necesario presentar el pasaporte en vigor con fecha de caducidad superior a tres meses desde el momento de la entrada y un billete aéreo de retorno. Para los ciudadanos de algunos países como Colombia, Cuba, Perú o China es necesario tramitar un visado.
No se requiere de visado para estancias inferiores a 90 días. Es posible solicitar la ampliación de la estancia en cualquier oficina del Departamento de Inmigración.
Está prohibida la exportación de dólares beliceños, así como de piezas precolombinas, productos marítimos o corales sin procesar.