Para los ciudadanos miembros de la Unión Europea tan sólo es necesario presentar el Documento Nacional de Identidad o el pasaporte vigente. Los visitantes de países integrados en la Commonwealth, Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda no precisan visados.
Para ciudadanos procedentes de Iberoamérica es necesario consultar con el Consultado Británico si se requiere visado de entrada. No existen limitaciones para la entrada de divisas, ni para la salida de libras esterlinas.